SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0518/2006-R
Fecha: 01-Jun-2006
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
Interpone recurso de amparo constitucional contra Nolberto Mamani Agudo, Benedicto Alí Mamani, Secretario de Justicia de la Subcentral Agraria del cantón Viscachani, Francisco Blanco Flores, Labrador y ex Agente Cantonal, Víctor Alí Mollo, Labrador y ex Secretario General, Florentino Alí Mollo, Labrador y ex Secretario de Transporte y Juan Mamani Alí, Labrador y ex Secretario de Riegos, solicitando dejar sin efecto la suspensión ilegal del uso del riego, así como la prohibición de ejercer el derecho a trabajar como socio del Sindicato de Transportes Viscachani a Zacarías Quispe Mita, asimismo fijar la suma de Bs8.000.- por cada siembra perdida y Bs270.- por cada semana de trabajo perdido que debía percibir Zacarías Quispe Mita.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- y por lo mismo, el supuesto quebrantamiento o lesión de estos derechos, debe ser denunciado con la prontitud que el caso requiere, para que su tutela sea oportuna; en efecto el plazo para presentar el recurso de amparo es de seis meses como término máximo desde que se conoció el hecho impugnado que se considera lesivo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- III.2.
- III.3.