SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2006-R
Fecha: 13-Jun-2006
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A pedido de la Magistrada Relatora, a efectos de contar con mayores elementos de juicio para la dilucidación del presente recurso, mediante AC 111/2006-CA, de 7 de marzo (fs. 185 y 186), la Comisión de Admisión solicitó a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Tribunal de amparo) remita la documental allí detallada, suspendiéndose el cómputo del plazo para dictar la Resolución.
Al ser insuficiente la documentación recibida el 17 de marzo de 2006, mediante decreto constitucional de 24 de marzo de 2006 (fs. 264) se requirió que la Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Tribunal de amparo) remita la documentación solicitada en el referido decreto, manteniéndose suspendido el plazo para dictar Resolución.
Posteriormente al ser nuevamente insuficiente la documentación remitida el 3 de abril de 2006 (fs. 339) mediante decreto constitucional de 7 de abril de 2006 (fs. 341) se solicitó a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, informe pormenorizado al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, sobre los datos del proceso requeridos en dicho decreto, manteniéndose en suspenso el plazo para dictar Resolución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cumpliendo con todas la exigencias legales
- el objetivo es que se inicie en forma inmediata
- III.2.
- se inicie en forma inmediata
- APRUEBA