SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2006-R

Fecha: 13-Jun-2006

I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

A pedido de la Magistrada Relatora, a efectos de contar con  mayores elementos de juicio para la dilucidación del presente recurso, mediante AC 111/2006-CA, de 7 de  marzo (fs. 185 y 186), la Comisión de Admisión solicitó a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Tribunal de amparo)  remita la documental allí detallada, suspendiéndose el cómputo del plazo  para dictar  la Resolución.

Al ser insuficiente la documentación recibida el 17 de marzo de 2006, mediante decreto constitucional de 24 de marzo de 2006 (fs. 264) se requirió que la Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Tribunal de amparo) remita la documentación solicitada en el referido decreto, manteniéndose suspendido el plazo para dictar Resolución.

Posteriormente al ser nuevamente insuficiente la documentación remitida el 3 de abril de 2006 (fs. 339)  mediante decreto constitucional de 7 de abril de 2006 (fs. 341) se solicitó a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,   informe pormenorizado al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, sobre los datos del proceso requeridos en dicho decreto, manteniéndose en suspenso el plazo para dictar Resolución.