Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2006-R
Fecha: 13-Jun-2006
II.4.
II.4. Por memorial de 23 de septiembre de 2004, Cristina Corrales de Ruiz solicitó la extinción de la acción penal con el argumento que la Resolución de acusación fue dirigida en forma errónea al Tribunal de Sentencia, cuando debió dirigirse al Juez de Sentencia, lo que determinaría la existencia de un defecto absoluto e insubsanable y la preclusión del término para que el Fiscal subsane su error, ya que el Juez conminó con cinco días para la emisión de la resolución, término que habría vencido superabundantemente (fs. 295 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cumpliendo con todas la exigencias legales
- el objetivo es que se inicie en forma inmediata
- III.2.
- se inicie en forma inmediata
- APRUEBA