SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0556/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0556/2006-R

Fecha: 13-Jun-2006

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

Habiéndose sorteado el expediente el 21 de noviembre de 2005, a solicitud del Magistrado Relator para tener otros elementos de juicio se requirió la remisión de la normativa de la Alcaldía sobre protección del medio ambiente y la Resolución Municipal que resolvió el  recurso de revocatoria y/o reconsideración interpuesto ante el Concejo Municipal por FABOCE Ltda., a ese efecto se suspendió el plazo mediante AC 013/2006-CA, de 10 de enero. Como quiera que los recurridos hicieron caso omiso de la notificación por decreto de 9 de febrero de 2006, se conminó a los miembros del Concejo Municipal de Samaipata para que den cumplimiento a lo requerido, bajo apercibimiento de dar aplicación a lo dispuesto por el art. 52 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); conminatoria que volvió a reiterar la Comisión de Admisión mediante providencia de 17 de marzo de 2006, a la que tampoco se dio cumplimiento pese a la legal notificación de los recurridos, por lo que mediante providencia de 11 de abril de 2006 la Comisión de Admisión conminó por tercera y última vez a los miembros del Concejo Municipal de Samaipata para que remitan la documentación solicitada, imponiéndose en esa ocasión una multa pecuniaria y la conminatoria de remitir antecedentes al Ministerio Público, lo que dio lugar a que el Presidente del Concejo Municipal de Samaipata mediante memorial de fecha se apersone ante este Tribunal, sin acompañar la documentación solicitada; dicho memorial fue remitido a despacho del Magistrado Relator mediante decreto de 8 de mayo de 2006, quien en consideración al tiempo transcurrido dispuso la reanudación del plazo a objeto de resolver con los antecedentes que cursan en obrados, en consecuencia la presente Sentencia Constitucional se la dicta dentro del término previsto por ley.