Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2006-R
Fecha: 13-Jun-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó y reiteró los términos de su demanda, añadiendo que el Tribunal Constitucional, a través de la SC 1547/2005-R, de 30 de noviembre, estableció que las medidas cautelares no son definitivas, siendo obligación del juez de la causa conocer una solicitud de modificación de la fianza económica; por otra parte, aclaró que antes de plantear este recurso de hábeas corpus, agotó las vías ordinarias.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el agotamiento del recurso de apelación
- III2.
- corresponde al procesado acreditar su estado de pobreza
- III.3.
- la documentación que acreditaría
- resolución debidamente fundamentada,