Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2006-R
Fecha: 13-Jun-2006
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 17 de abril de 2006, el hoy recurrente solicitó la modificación de la fianza económica alegando imposible cumplimiento, adjuntando para ello la documentación que demostraría que es una persona de escasos recursos económicos, por lo que pide el señalamiento de audiencia para su consideración (fs. 8), y por decreto de 18 de abril de 2006, el Juez recurrido dispuso “Estése al Auto de fs. 36 de obrados” (fs. 8 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el agotamiento del recurso de apelación
- III2.
- corresponde al procesado acreditar su estado de pobreza
- III.3.
- la documentación que acreditaría
- resolución debidamente fundamentada,