SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2006-R

Fecha: 13-Jun-2006

la documentación que acreditaría

En vista de ello el recurrente nuevamente solicitó la modificación de la fianza económica impuesta en  Bs15.000.- ante  el Tribunal  Primero de Sentencia, por considerarla de imposible cumplimiento, acompañando para ello la documentación que acreditaría que es una persona de escasos recursos,  lo que mereció el decreto de 18 de abril de 2006 que  refiere que se esté al Auto de Fs. 36 es decir al Auto de Vista que le impuso la  fianza de Bs15.000. Solicitada la reposición, la autoridad recurrida decretó  nuevamente que se esté al  decreto de fs. 41;  sin considerar que por determinación de los arts. 250 y 251 del CPP, el Auto que impone una medida cautelar  o la rechaza es revocable o modificable aún de oficio, y que en el caso analizado el ahora recurrente adjuntó nueva documentación que probaría que tiene escasos recursos y que, por ende, la fianza impuesta es de imposible cumplimiento.