SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2006-R
Fecha: 13-Jun-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que por encontrarse detenido por más de veinticuatro meses sin que la Sentencia de primer grado se encuentre ejecutoriada, solicitó la cesación de su detención preventiva, habiéndose dispuesto en ese sentido y aplicándole medidas sustitutivas, entre ellas una fianza económica de Bs40.000.-, monto que en apelación fue rebajada a Bs15.000.- Sin embargo, considerando que esa suma es de imposible cumplimiento y en mérito a que las medidas sustitutivas no son de carácter definitivo, solicitó al Juez recurrido la modificación de la fianza, pero su petitorio no fue considerado y no se señaló la audiencia respectiva, pese a haber reiterado su solicitud, lo que afecta su derecho a la libertad. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el agotamiento del recurso de apelación
- III2.
- corresponde al procesado acreditar su estado de pobreza
- III.3.
- la documentación que acreditaría
- resolución debidamente fundamentada,