SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2006-R

Fecha: 20-Jun-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En los memoriales presentados el 15 y 20 de septiembre de 2005 (fs. 84 a 95 vta. y 122 a 123 vta.), el recurrente expresa que  anualmente el  Estado cancela a favor de los trabajadores del sector salud, una asignación por acciones orientadas a proteger la salud de la población, a través de un pago único denominado asignación por campaña de vacunación, que es autorizada  cada año por Decreto Supremo, que en la gestión 2005 fue el Decreto Supremo (DS) 28206, de 24 de julio, que introdujo la exclusión de dicho pago a los profesionales en salud.

Por su parte -relata- el Ministerio de Salud y Deportes, por Resolución Ministerial (RM) 0202/02, de 22 de abril de 2002, aprobó el Reglamento Específico del Pago de Asignación por Campañas de Vacunación, en el que proclama los principios de legalidad, igualdad e imparcialidad y equidad para el pago del beneficio, puntualizando en su art. 8, que son beneficiarios del pago todos los trabajadores en salud con un año de antigüedad como mínimo, quedando exentos los servidores que perciben categoría médica, escalafón médico, categoría de riesgo profesional y el personal a contrato.

Asevera que sus representados, que no pertenecen al sector de profesionales en salud, se apersonaron el 6 de julio de 2005, a la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y Deportes para cobrar la asignación por campaña de vacunación, pero les manifestaron que sus nombres no estaban consignados en las planillas porque no pertenecen a la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud de Bolivia, empero, como son trabajadores en salud como establece el DS 28206, y no tienen necesidad de estar afiliados a un sindicato, reclamaron el pago sin obtener ninguna respuesta pese a su insistencia, por lo que acudieron al Defensor del Pueblo, cuyos asesores se reunieron con el Ministro de Salud y Deportes que manifestó que si bien existe el presupuesto consignado para cancelar el bono de vacunación a todos los trabajadores en salud, no se podrá realizar el pago debido a la existencia de la RM 120/03, de 20 de marzo de 2003, y que se firmó el Convenio 001/2005, de 13 de mayo, entre  las autoridades de los Ministerios de Salud, Trabajo y Hacienda con el Secretariado Nacional de la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud, en el que se fijó la asignación por campaña de vacunación en Bs1.900.- a favor sólo de los trabajadores en salud afiliados a la Confederación.