Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
Los Servidores Públicos dependientes de
En primer término, se debe dejar claro que, conforme al art. 3.IV del Estatuto del Funcionario Público (EFP), “Los Servidores Públicos dependientes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio de Salud Pública y Seguridad Social, estarán solamente sujetos al Capítulo III del Título II y al Título V del presente Estatuto”; por consiguiente, no es evidente lo aseverado por el representante de la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud de Bolivia, resumido en el numeral I.2.3. inc. c) de la presente Sentencia, de modo que debe ingresarse a analizar el fondo del asunto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los Servidores Públicos dependientes de
- RM 0202, de 22 de abril de 2002
- III.2.
- Fragmento 15
- aplicación preferente del Decreto Supremo
- verdadera jerarquía de diferentes niveles de normas.
- lo que ciertamente acarrea la necesidad de otorgar la protección de este recurso, exclusivamente a aquellas personas que presten servicios