SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A efectos de contar con mayores elementos que permitan una Resolución ecuánime y ajustada a la verdad, a solicitud de la Magistrada Relatora, por AC 210/2006-CA, de 3 de mayo (fs. 217 y 218), la Comisión de Admisión dispuso que la Ministra de Salud y Deportes remita un informe completo sobre la categoría a la que pertenecen los funcionarios de esa repartición representados por el recurrente, especificando en qué categoría se encuentran y si los mismos percibieron la asignación por campaña de vacunación por la gestión 2005, por lo que se suspendió el cómputo del plazo para emitir Sentencia. Recibida esa documentación el 16 de mayo de 2006, mediante decreto constitucional de 22 de mayo de 2006 se reanudó dicho cómputo, de manera que la presente Sentencia es pronunciada en el plazo legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los Servidores Públicos dependientes de
- RM 0202, de 22 de abril de 2002
- III.2.
- Fragmento 15
- aplicación preferente del Decreto Supremo
- verdadera jerarquía de diferentes niveles de normas.
- lo que ciertamente acarrea la necesidad de otorgar la protección de este recurso, exclusivamente a aquellas personas que presten servicios