SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.3.

II.3. Por decreto de 10 de marzo de 2001 (fs. 11 vta.) la Jueza declaró rebelde al obligado, puesto que pese a haber sido legalmente citado no asumió defensa ni señaló domicilio legal, debiéndolo citar con tal resolución mediante cédula en su domicilio particular conocido, en presencia de testigo debidamente identificado y los posteriores actuados en el tablero de notificaciones del despacho judicial.