SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

III.1.

III.1. A fin de resolver la presente problemática , se asumirá el mismo razonamiento expuesto por la SC 0288/2006-R, de 28 de marzo, en lo concerniente a examinar si el apremio del cual fue objeto el recurrente es debido o indebido, vale decir si con la liquidación practicada se notificó o no legalmente al recurrente, pues la jurisprudencia constitucional ha establecido que no todas las violaciones al debido proceso pueden ser conocidas a través del hábeas corpus sino únicamente aquellas que ocasionen aprehensiones, detenciones, apresamientos u otras formas de restricción o supresión de los derechos bajo protección del hábeas corpus, sin que constituya objeto del presente recurso analizar si la demanda de asistencia familiar se adecuó o no a las previsiones de la Ley de abreviación procesal civil y de asistencia familiar, cual pretende el actor.