SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
II.4.
II.4. En mérito a dicha Resolución, los imputados suscitaron un incidente de nulidad de obrados por supuestos defectos absolutos; solicitando la devolución de la mercadería y los vehículos decomisados; incidente que fue declarado procedente mediante Resolución 389/04, de 14 de diciembre de 2004, disponiendo en consecuencia la nulidad de la Resolución de imputación formal y todos los actuados hasta el vicio más antiguo incluso el allanamiento realizado, por lo que al no existir determinación jurisdiccional, se proceda a la devolución de la mercadería y los vehículos comisados, previa acreditación del derecho propietario (fs. 25 a 26), con el argumento de que “(...) en la audiencia de cesación de detención preventiva se determinó actividad procesal defectuosa en razón de que el fiscal de la Aduana que se encontraba de turno fundó la imputación formal sin haber tomado las declaraciones informativas, lo que constituye defecto absoluto conforme establece los arts. 167, 168 y 169 del CPP, no susceptibles de convalidación, aspecto que transgrede la garantía procesal del debido proceso (...)”.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- solamente puede recurrirse, en materia penal, de las resoluciones que están expresamente señaladas en la ley,
- III.2.
- APROBAR