Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0614/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo
En la audiencia pública realizada el 6 de octubre de 2005, según consta del acta saliente de fs. 28 a 29 vta., instalada bajo la Presidencia del vocal Armando Cardozo Saravia, la presencia de los recurridos, el abogado de la parte recurrente y ausentes el Ministerio Público y la parte actora, se suscitaron los siguientes hechos:
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo
- i)
- 1)
- improcedente
- II.2.
- III.1.
- en cuyo mérito, recursos extraordinarios como el amparo, no pueden ser utilizados para lograr la anulación de resoluciones dictadas con plenitud de jurisdicción y competencia, porque no constituyen una instancia procesal para revisar fallos ejecutoriados, excepto, cuando existe certeza sobre la lesión de derechos y garantías fundamentales.
- III.2.
- APROBAR