SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

concediendo

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso dictó Resolución concediendo el amparo solicitado, disponiendo la anulación del remate de 9 de mayo de 2005 sobre el inmueble ubicado en Huayra K'asa de propiedad de los recurrentes y todo actuado posterior desde fs. 130 inclusive del expediente original; asimismo, que la Jueza recurrida proceda al avalúo de la maquinaria embargada y luego a su remate dentro del marco de la normativa vigente, con los siguientes fundamentos: a) dentro del proceso ejecutivo seguido contra los recurrentes la autoridad recurrida procedió a realizar el remate de un bien inmueble no embargado dentro del proceso, -acto judicial necesario e inexcusable en este caso como lo establece la ley-, cuyo valor se presume es mayor al monto de la deuda, y lo que es peor, sin haber valuado y rematado previamente los bienes muebles que el propio ejecutante hizo embargar, los mismos que no son herramientas de trabajo, sino que como se trata de una empresa mercantil de confección de ropa el equipo o maquinaria es embargable y sujeto a subasta como dispone el art. 456 del Ccom, aspecto que además ni los propios ejecutados han objetado; b) al haber actuado de esa forma se ha afectado notoriamente el derecho propietario de los recurrentes sobre su vivienda, siendo así que existen otros bienes que pueden satisfacer el crédito perseguido en la medida de la cuantía y sin ocasionar daño, hechos que determinan la infracción de las normas sustantivas y procesales y la propia Sentencia ejecutoriada del proceso que dispuso la subasta de los bienes embargados, todo lo que atenta contra el debido proceso y el derecho a la defensa; y c) el hecho denunciado de ilegal es evidente, habiendo reclamado los recurrentes esos defectos dentro del proceso, pero fueron rechazados por la Jueza recurrida; consiguientemente, no existe otro medio ni recurso para la restitución inmediata de sus derechos.