Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
II.1.
II.1. El 28 de junio de 2001, Julio Fernando Gil Ardaya, interpuso demanda en la vía ejecutiva contra los recurrentes (fs. 11 y vta.); en virtud a lo cual el 30 de junio de 2001 la Jueza recurrida emitió Auto intimatorio de pago disponiendo se libre el correspondiente mandamiento de embargo sobre los bienes propios de los demandados, suficientes a cubrir el monto adeudado (fs. 12 y vta.); en cumplimiento de dicha Resolución el 20 de septiembre de 2001 se emitió mandamiento de embargo sobre los bienes de los recurrentes (fs. 13); en virtud a lo cual se procedió al embargo de maquinaria de costura de propiedad de los ejecutados (fs. 13 vta.).