SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.2.

II.2.  Por Auto de 8 de noviembre de 2000, el Juez recurrido dispuso que habiéndose notificado legalmente al demandado sin que hubiese respondido dentro del término hábil y oportuno, se lo declaraba rebelde a la ley y que debería notificársele con el referido Auto en su domicilio y los posteriores actuados en Secretaría del Juzgado (fs. 74).