SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.4.

II.4.  Por Auto de 23 de diciembre de 2004, la autoridad recurrida aprobó la liquidación efectuada por el Secretario del Juzgado, disponiendo su cancelación dentro del tercer día a partir de la notificación, bajo conminatoria de ley (fs. 84); por Auto de 29 de marzo de 2005, el Juez recurrido designó Defensora de Oficio del demandado (fs. 87), designación que fue aceptada por ella mediante memorial presentado el 23 de junio de 2005 (fs. 89).