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    AUTO CONSTITUCIONAL 214/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 214/2006-RCA

    Fecha: 18-Jul-2006

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7. inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, resuelve en revisión APROBAR la Resolución 16 de diciembre de 2005, cursante de fs. 23, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con el añadido de que la improcedencia es in limine.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • omitiendo indebidamente el cumplimiento de la Resolución de amparo constitucional 48/2005 de 5 de octubre
    • improcedente
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • hubieren incumplido la Resolución de amparo constitucional 48/2005, de 5 de octubre,
    • Ante la eventualidad de un acto de resistencia o incumplimiento de una Sentencia Constitucional, el afectado deberá acudir ante el Juez o Tribunal que conoció el recurso, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir las mismas y en su defecto, pedir la remisión para el procesamiento penal del o los demandados por la comisión del delito previsto por el art. 179 BIS del CP,
    • la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho
    • APROBAR

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