Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 214/2006-RCA
Fecha: 18-Jul-2006
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 16 de diciembre de 2005, cursante a fs. 23, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Roberto Nielsen Reyes Kurschner contra Ramiro Sánchez Morales y Hugo Andrés Jáuregui Ortega, vocales de la Sala Civil Cuarta de dicha Corte, por haber vulnerado sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, legalidad, probidad y al debido proceso previstos por los arts. 7 inc. a), 16.I, IV y 116.X de la Constitución Política del Estado (CPE), respectivamente.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- omitiendo indebidamente el cumplimiento de la Resolución de amparo constitucional 48/2005 de 5 de octubre
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- hubieren incumplido la Resolución de amparo constitucional 48/2005, de 5 de octubre,
- Ante la eventualidad de un acto de resistencia o incumplimiento de una Sentencia Constitucional, el afectado deberá acudir ante el Juez o Tribunal que conoció el recurso, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir las mismas y en su defecto, pedir la remisión para el procesamiento penal del o los demandados por la comisión del delito previsto por el art. 179 BIS del CP,
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho
- APROBAR