AUTO CONSTITUCIONAL 232/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 232/2006-RCA

Fecha: 26-Jul-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente sostiene que la autoridad recurrida ejerció coacción moral y psicológica en su contra para lograr su renuncia al cargo que desempeñaba, situación que se produjo el 16 de septiembre de 2005, a horas 12:45, mediante nota escrita dirigida al Director Ejecutivo del SENASIR, haciendo constar su estado de embarazo; empero, una vez que reflexionó sobre su renuncia y al encontrarse con una gestación de tres meses, el 19 de septiembre de 2005, por memorial dirigido al recurrido le comunicó que dejaba sin efecto su renuncia, recibiendo la respuesta el 20 de octubre del mismo año, rechazando su petición con el argumento de que la actora no hizo conocer su embarazo y al haber abandonado sus funciones por tres días continuos, ante lo cual presentó recurso de revocatoria que no tuvo respuesta en el plazo legal, silencio que le permitió interponer el recurso jerárquico, que fue respondido negativamente con el argumento de que los recursos interpuestos eran improcedentes, al existir una renuncia voluntaria. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional señalados por el Tribunal de amparo.