Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2006-R
Fecha: 05-Jul-2006
II.6.
II.6. Por memorando, M. 612/2005, de 12 de septiembre (fs. 9) el Fiscal General de la República recurrido agradeció los servicios del recurrente sustentando su resolución en el cumplimiento de la Resolución 106/2005 de 9 de septiembre, que dispuso el cese de la prórroga de funciones de los fiscales de materia que reprobaron en la convocatoria interna 001/2005 del Concurso interno de acceso a la categoría de fiscales de materia del Ministerio Público de la Nación. Asimismo en el indicado memorando se le anunció que podía concursar en la Convocatoria externa a realizarse en el mes de octubre.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurso de amparo sólo podrá ser analizado cuando la parte recurrente hubiera acudido con su reclamo en principio ante la misma autoridad que incurrió en la lesión al derecho o garantía fundamental, y posteriormente agotar las demás instancias reconocidas por ley para revertir el acto ilegal u omisión indebida.
- III.2.
- improcedente
- APROBAR,