SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2006-R
Fecha: 10-Jul-2006
deniega
La Resolución cursante de fs. 74 vta. a 75 vta., pronunciada el 29 de septiembre de 2005 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, deniega el recurso, con costas y multa de Bs200.-, bajo estos fundamentos: 1) Ludwing Ignacio Cuellar Alberte demandó en proceso laboral, el pago de remuneraciones devengadas contra la Clínica “Ángel Foianini” S.R.L., en la persona de su representante legal Jorge Edgar Foianini Lozada, proceso en el que la Sentencia condenó a la Clínica a la devolución de $us30.00.- lo que debe ser cumplido por su representante legal; 2) el proceso ha sido tramitado cumpliendo las disposiciones legales de la materia, de tal manera no se ha infringido el derecho fundamental del debido proceso, el derecho a la defensa, pues la parte demandada ha hecho uso de todos los medios y recursos ordinarios y extraordinarios previstos por ley, y tampoco se ha lesionado el derecho a la seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- SC 1337/2003-R,
- a nombre de la Clínica referida,
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- Fragmento 18
- denegar
- APRUEBA