Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2006-R
Fecha: 10-Jul-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Severo Hurtado Ribera, Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social, Jorge Von Borries Méndez, Johnny Vaca Díez Vaca Díez y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando les sea concedido, se deje sin efecto el proveído de 23 de junio de 2005, el Auto de Vista de 15 de agosto de 2005 y el Auto de negativa a la complementación de 30 de agosto de 2005 y se exprese que la Clínica “Ángel Foianini” S.R.L. no está obligada a realizar pago alguno a favor de Ludwing Ignacio Cuellar Alberte, con costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- SC 1337/2003-R,
- a nombre de la Clínica referida,
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- Fragmento 18
- denegar
- APRUEBA