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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2006-R

    Fecha: 10-Jul-2006

    II.6.

    II.6.  Apelado el citado Auto  por Pedro Jorge Escobar Foianini en representación de la Clínica “Ángel Foianini” S.R.L., (fs. 38 a 39), en sentido que la Sentencia de primera instancia ordenó que el pago lo realice la persona física Jorge E. Foianini Lozada y no la persona jurídica que representa y los mismos argumentos esgrimidos en su demanda de amparo constitucional.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • deniega
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • SC 1337/2003-R,
    • a nombre de la Clínica referida,
    • SC  0348/2005-R
    • respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
    • Fragmento 18
    • denegar
    • APRUEBA

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