Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2006-R
Fecha: 10-Jul-2006
II.2.
II.2. Por Sentencia de 4 de julio de 2003 (fs. 12 a 14 vta.), el Juez recurrido declaró probado en parte el derecho demandado y ordenó al representante legal de la Clínica “Ángel Foianini” S.R.L., Jorge Edgar Foianini Lozada, reintegre a tercero día de su notificación, $us30.000.- a favor del demandante, por treinta meses de trabajo en la Jefatura de la Unidad de Terapia Intensiva.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- SC 1337/2003-R,
- a nombre de la Clínica referida,
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- Fragmento 18
- denegar
- APRUEBA