Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
El Fiscal de Distrito recurrido
El Fiscal de Distrito recurrido, de fs. 354 a 355, informó que en la relación de hechos efectuada por el recurrente, no se advierte de modo especifico ningún acto ilegal u omisión indebida de parte de su autoridad, pues no participó en el operativo, no es parte de la Sala Penal y no intervino en los actuados y diligencias del Tribunal de Concepción, por lo que el recurso no tiene un petitorio concreto. Además, que el recurrente reconoce la existencia de un proceso o juicio oral en curso, del cual el recurso de amparo constitucional no es sustitutivo, por lo que solicitó la improcedencia del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- El Fiscal de Sustancias Controladas correcurrido, Álvaro La Torre Zurita
- La demandada Secretaria General de la Fiscalía de Distrito
- El Fiscal de Distrito recurrido
- Los correcurridos Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia de Concepción,
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- i)
- III.1.
- III.2.
- APROBAR