Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Posteriormente con el uso del derecho a la réplica el abogado copatrocinante, manifestó que las cuestiones de jurisdicción y competencia son de orden público y en el caso de análisis, no hubo sorteo, pues la Ministra, Emilse Ardaya se “auto designó” la relación del proceso ya que el primer sorteo era nulo de pleno derecho al haber existido otro Ministro convocado, por lo que solicitó se considere que se estaba frente a un proceso nulo por prescripción del art. 31 de la CPE