SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2006-R
Fecha: 26-Jul-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente ratificó su recurso e indicó que sus sobrinas, Yolanda Mampaso de veintitrés años y su hoy representada Ana Gabriela Paniagua Moyu, de diecisiete años, salieron el domingo en la noche y como no conocen la ciudad pidieron ayuda a la policía para que les ayude a ubicar su domicilio, pero este funcionario las condujo a la Defensoría de Cotahuma, de donde las llevaron a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito III, donde el abogado correcurrido, sin ninguna atribución y sin que las muchachas hubieran cometido una infracción penal dispuso su ingreso al Centro Terapia de Mujeres, que está destinado a menores infractores de la norma penal. El 21 de junio el mencionado correcurrido les manifestó que trasladarían a la menor a Santa Cruz para que se proceda a su investigación, pero nueve días después se enteraron que el día 21 remitió antecedentes al Juez del Menor, donde solicitó la internación de su sobrina, por lo que se vio forzada a plantear este recurso al ser esa internación ilegal y arbitraria.
Con la réplica, la actora explicó que estando internadas en el Centro, sus sobrinas prestaron cuatro declaraciones bajo presión psicológica. Aclaró que la madre de su representada falleció y su padre vive en Yacuiba, asimismo agregó que sus sobrinas vivían en Santa Cruz y que las llevó a La Paz sin intención de hacerlas trabajar.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- declaró improcedente
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1.
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR parcialmente