SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2006-R
Fecha: 26-Jul-2006
II.1.
II.1.El correcurrido Fernando Muñoz Bustillos, abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, del Distrito Periférico 3 de la Alcaldía Municipal de La Paz, en su informe expresa que el 12 de junio de 2006, la representada de la recurrida junto con otra muchacha, fueron enviadas a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la Subalcaldía de Cotahuma, de donde las remitieron al Centro de Terapia Mujeres y que ese mismo día hicieron llegar a sus oficinas la documentación referente a los hechos descritos (fs. 24), habiendo ordenado el 13 de junio, la libertad de una de ellas al acreditarse su mayoría de edad y el 14 de junio, mediante memorando, se dispuso la internación provisional de la representada de la actora (fs. 25).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- declaró improcedente
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1.
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR parcialmente