SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0739/2006-R
Fecha: 27-Jul-2006
II.7.
II.7. Por memoriales de 18, 20 de abril, 11 y 15 de mayo de 2006, el representado del recurrente reiteró su solicitud de dejar sin efecto el mandamiento de 28 de marzo de 2001, alegando la falta de resolución al incidente de pagos efectuado, tenencia de hijos y demanda de asistencia familiar que interpuso, así como la existencia de pagos acreditados y que la última liquidación fue observada y que, además, existe una anotación preventiva de bienes para garantizar la suma adeudada (fs.33; 34; 40; 41) los que corridos en traslado, fueron respondidos por la demandante Lola Azero Quiroz, quien por memorial de 23 de mayo de 2006, acompañando el poder 60/2005, que le fue conferido el 10 de enero de 2005 por su hija Pamela Marela García Azero, para que en representación suya se apersone al Juzgado de Partido de Familia y realice todas las acciones pertinentes a objeto de precautelar sus intereses por concepto de la asistencia familiar otorgada a su favor (fs. 25), rechazó las solicitudes del representado del recurrente y solicitó se mantenga el mandamiento de apremio de 28 de marzo de 2001, alegando que el mandamiento es por deuda devengada en años anteriores al incidente que se encuentra en curso (fs. 26). No consta la resolución que hubiese pronunciado la autoridad judicial recurrida.