Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0747/2006-R
Fecha: 28-Jul-2006
d)
Luego de que ambas partes hicieron uso de la réplica y la duplica, en vía de aclaración solicitada por el Tribunal de amparo, se estableció que: La OM 3380/2005 fue aprobada por el Concejo Municipal en respuesta a la reconsideración planteada por los recurrentes, pero no fue posible publicarla porque a tiempo de promulgarla, se emitió la OM 3394/2005 quedando abrogadas por disposición del art. 11 de la LM todas las disposiciones contrarias a la misma.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- procedente en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva como requisito de admisión del recurso.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3. Legitimación pasiva de los ex Concejales recurridos