SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0747/2006-R
Fecha: 28-Jul-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 24 de octubre de 2005, cursante de fs. 413 a 416 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Eusebio López Yuca, Martín Hurtado Antonio y Gonzalo Lazcano Murillo, Ejecutivos de la Federación Especial de Transporte Libre de Cochabamba contra Deysi Vargas, Sandra Jiménez, Juan Carlos Peñaloza y otros, ex Concejales y Tatiana Rojas y Edwin Mallón, Presidenta y Secretario del Concejo Municipal de la provincia Cercado, departamento de Cochabamba respectivamente, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a reunirse y asociarse y al trabajo, consagrados en el art. 7 incs. a), d) y h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- procedente en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva como requisito de admisión del recurso.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3. Legitimación pasiva de los ex Concejales recurridos