Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
II.3.
En el parte diario de novedades correspondiente a ese día (27 de junio de 2005) elevado al Director del recinto penitenciario San Pedro de Chonchocoro, Williams Osinaga Peñaranda, se hizo constar el ingreso del recurrente y otro, señalando que los mismos fueron trasladados de la penitenciaria de Palmasola de la ciudad de Santa Cruz, en cumplimiento de un mandamiento de condena librado por los Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia de esa ciudad (fs. 22).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR