Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
II.4.
II.4. Williams Osinaga Peñaranda, Director del recinto penitenciario San Pedro de Chonchocoro, el 29 de julio de 2005, informa al Director Nacional de Seguridad Penitenciaria, sobre el traslado de internos del penal de Palmasola, indicando que actualmente cuentan con cinco internos de Santa Cruz, entre los que figura el recurrente con Sentencia ejecutoriada de treinta años de presidio sin derecho a indulto, que por cuestiones de seguridad y de prevención general están cumpliendo en ese recinto (fs. 24 y 25).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR