SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0791/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
deniega
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional deniega el amparo solicitado con los siguientes fundamentos: 1) los recurrentes pese a que en reiteradas oportunidades habrían sido notificados para la paralización del amurallamiento de inmueble y no obstante conocer la advertencia de la Dirección de Desarrollo Urbano los indicados esposos siguieron construyendo sobre el indicado inmueble; 2) Mery Adriana Ruiz Ibañez a tiempo de interponer el recurso jerárquico (24/VIII/2005) reconoce pidiendo que se tenga por opuesto el recurso, se revoque la Resolución 034/2005, de 19 de agosto, manteniéndose el acuerdo conciliatorio, en consecuencia, sometiéndose a la paralización de la obra y a los lineamientos de la oficina de Desarrollo Urbano; es decir en todo momento los recurrentes estaban conscientes que el muro que construían no contaba con la autorización de las oficinas competentes para ello; 3) se evidencia de manera inobjetable: a) que los recurrentes fueron oportunamente notificados para que paralicen la construcción;, b) construyeron el muro sabiendo que no contaba con planos aprobados del lote ni autorización para construir;, c) si bien el cónyuge no fue notificado inicialmente por encontrarse en el exterior, posteriormente se apersonó voluntariamente e interpuso el respectivo recurso y; d) mediante las Resoluciones 045/2005 y 0104/2005 se le concede al recurrente el plazo de tres días para que presente la documentación indicada haciendo caso omiso; 4) no se causó indefensión alguna a los recurrentes y hasta el presente no se ejecutó la Resolución 032/2005, debiendo tenerse en cuenta que el derecho no puede proteger actos arbitrarios e ilegales de personas que actúan de mala fe con pleno conocimiento que sus actos son contrarios a la ley, para luego ante el incumplimiento de ciertos formalismos que no afectan al fondo pretender declarar nulos por la vía de amparo, los actos de las autoridades encargadas de regular el buen funcionamiento, en este caso la oficina de Desarrollo Urbano de la ciudad.