Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0791/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
III.5.
III.5. De lo señalado precedentemente, resulta incuestionable que ni ha sido lesionado el derecho a la propiedad de los recurrentes, menos el derecho a la defensa o al debido proceso, puesto que además éstos no acreditaron tener planos aprobados y autorización para la construcción de un muro de cerramiento del lote que aducen ser propietarios. Por otra parte, resulta evidente que al rechazarse los recursos “administrativo de conciliación” y “de nulidad en la vía de revocatoria” y los subsecuentes recursos jerárquicos, tampoco se vulneró derecho fundamental o garantía constitucional alguna.