Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0791/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
II.6.
II.6. El 16 de septiembre de 2005, Alfredo Hugo Subía Martínez mediante memorial dirigido al Alcalde “plantea incidente de nulidad en la vía del recurso de revocatoria” (sic) señalando que el trámite administrativo se encuentra viciado de nulidad porque se violó su derecho a la defensa puesto que no se abrió proceso también contra él que es copropietario del bien (fs. 14 a 15). El 26 de septiembre de 2005, el Alcalde Municipal mediante Resolución Municipal 045/2005, rechazó el recurso planteado por Alfredo Hugo Subía Martínez, por no haber sido interpuesto en su oportunidad, otorgándose el plazo de tres días para que el recurrente presente planos debidamente aprobados (fs. 98 a 99).