SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2006-R

Fecha: 22-Ago-2006

III.2.

III.2. En el caso que se examina, es necesario dejar establecido, que conforme dispone el Capítulo I del Estatuto Orgánico de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Catedral de Tarija Ltda.”, es un ente de derecho privado que se rige por la Ley General de Sociedades Cooperativas y las disposiciones legales sobre la materia; además de regirse por su Estatuto Orgánico y las disposiciones que establezcan el Banco Central de Bolivia y la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras; en cuyo mérito, por una parte, los socios pueden ejercitar su derecho de petición, tanto ante la Cooperativa, la Asamblea General o el Comité Electoral de dicha Cooperativa, según corresponda.