AUTO CONSTITUCIONAL 275/2006-RCA
Fecha: 21-Sep-2006
absolviendo de pena y culpa del delito de estafa a Juvenal Claure Severich
En ese sentido, el Juez recurrido dictó la Sentencia 78/2002, de 26 de septiembre, realizando una copia de la sentencia anulada, absolviendo de pena y culpa del delito de estafa a Juvenal Claure Severich, vulnerando el principio de legalidad debido a que el Juez recurrido no cumplió lo dispuesto por el Auto Supremo 193/2001, al no haberse convocado al co-procesado Juvenal Claure para que preste su declaración confesoria, por lo que su mandante interpuso recurso de apelación en contra de la Sentencia 78/2002, que fue confirmada por el Auto de Vista 134/2003, de 24 de febrero, dictado por los Vocales recurridos, que convalidaron los actos ilegales y arbitrarios del Juez recurrido al no haber dado cumplimiento al referido Auto Supremo, violando el principio de legalidad y el debido proceso, por lo que su mandante interpuso el 21 de marzo de 2003, recurso de nulidad y casación obteniendo Auto Supremo 367, de 17 de septiembre de 2005, que declaró infundado el recurso planteado, sin ninguna fundamentación legal que justifique tal decisión, vulnerando con dichas Resoluciones las autoridades recurridas sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y los principios de legalidad y congruencia.
Circunstancias, por las que recurre de amparo constitucional, solicitando la procedencia del mismo, pidiendo se deje sin efecto el Auto Supremo 367/2005, de 17 de septiembre, y se disponga la nulidad de obrados hasta que el Juez de primera instancia de cumplimiento a lo dispuesto por el Auto Supremo 193/2001, de 27 de marzo.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- que estableció que Juvenal Claure Severich no prestó su declaración confesoria,
- absolviendo de pena y culpa del delito de estafa a Juvenal Claure Severich
- improcedente in límine
- sin que preste su declaración confesoria
- Fragmento 7
- En cuanto a la naturaleza jurídica de este requisito de admisibilidad
- SC 0086/2006-R, de 25 de enero
- Fragmento 10
- cuyo mandante,
- Benigno Primintela Soruco
- APROBAR