AUTO CONSTITUCIONAL 275/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 275/2006-RCA

Fecha: 21-Sep-2006

En cuanto a la naturaleza jurídica de este requisito de admisibilidad

         En cuanto a la naturaleza jurídica de este requisito de admisibilidad, la jurisprudencia constitucional establecida en la SC 868/2000-R de 20 de septiembre, ha señalado que los requisitos de forma son subsanable en el plazo de cuarenta y ocho horas, al indicar que: "… los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo de 48 horas de su notificación, sin ulterior recurso"; entendimiento que ha sido ratificado por la jurisprudencia constitucional, principalmente en las SSCC 1130/2002-R, de 18 de septiembre, y 0365/2005-R, de 13 de abril, donde se estableció sub-reglas de orden procesal relativa a los requisitos de admisibilidad.