AUTO CONSTITUCIONAL 281/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 281/2006-RCA

Fecha: 26-Sep-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes a través del SENADEP señalan que el 7 de febrero de 2006, el Fiscal recurrido presentó imputación formal por la supuesta comisión del delito de robo agravado, habiéndoles impuesto el Juez de Instrucción de San Lorenzo, la medida cautelar de detención preventiva; no obstante, luego de la imputación, el recurrido presentó acusación formal sin que exista un tiempo razonable que posibilite a los imputados -hoy recurrentes- realizar actos de defensa, hecho que los colocó en estado de indefensión, pues dicha acusación fue presentada no obstante que la investigación se encontraba inconclusa, y cuando solicitaron la cesación a su detención preventiva, vulnerando sus derechos a la igualdad, defensa y el debido proceso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no algunas de las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.