Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 284/2006-RCA
Fecha: 26-Sep-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión APRUEBA la Resolución 10/2006, de 23 de febrero, cursante a fs. 314 de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con el añadido de que la improcedencia es in limine.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- improcedente,
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- planteó recurso de apelación
- antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso
- forma y contenido
- incumplimiento de los requisitos de contenido
- verificar
- APRUEBA