AUTO CONSTITUCIONAL 285/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 285/2006-RCA

Fecha: 26-Sep-2006

I.2. Resolución

Por Resolución de 17 de febrero de 2006, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, observó el memorial de demanda solicitando al recurrente aclarar con carácter previo: el nombre de uno de sus mandantes; el periodo de funciones de la Directiva de la Central Indígena; así como la presentación de la Resolución judicial impugnada y el cumplimiento del art. 97.III de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), otorgándole al efecto el plazo de cuarenta y ocho horas bajo advertencia de rechazar el recurso, en caso de inobservancia, Resolución con la que el recurrente fue notificado personalmente el 17 de febrero de 2006 (fs. 9 a 10).