SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0869/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
procedente en parte
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional declaró procedente en parte el recurso disponiendo que la autoridad recurrida ejecute la decisión del Concejo Municipal 4407/2005 definiendo el área de ubicación de comerciantes para las ferias navideñas a partir del pronunciamiento de la resolución de amparo concediéndole el plazo de diez días, por cuanto aún no se dio cumplimiento a la Resolución Municipal 4407/2005, de 23 de agosto que estableció el plazo de sesenta días para que defina el área indicada líneas arriba, transgrediendo el art. 44.4 de la Ley de Municipalidades (LM) lo que importa una omisión indebida que amenaza suprimir únicamente el principio de seguridad jurídica, no otros derechos y garantías invocados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- y de locomoción
- seguridad jurídica
- III.2.
- en forma taxativa ha establecido los requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza
- III.3.
- REVOCAR