Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0891/2006-R
Fecha: 11-Sep-2006
II.1
II.1 Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2002, adjuntando copias simples de los informes de auditoria SCA/IC-106/93 y SCA/IC-C-020/94 Hugo Lozano Simon hoy recurrente, solicitó al Juez Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario declare extinguida la acción coactiva por prescripción (fs. 2 a 3 vta.), la misma es resuelta por Auto 038/2004, de 5 de marzo, que declaró extinguida por prescripción la obligación de responsabilidad civil establecida en los informes de auditoria SCA/IF-106/93 y SCA7IF-C-020/94, en cuanto al peticionante; ordenando al mismo tiempo se levante las medidas precautorias adoptadas en su contra, previa las formalidades de rigor (fs. 4 a 9).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I. 3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
- en sentido de que el arraigo para exigir el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil ha quedado sin efecto
- la misma sólo puede ser aplicada por la jurisdicción penal
- III.2.
- pese a que dicha medida restrictiva del derecho a la libertad, no corresponde ser aplicada e efectos de lograr el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil