Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0891/2006-R
Fecha: 11-Sep-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 09/06, de 20 de julio, cursante a fs. 106 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Jorge José Valda Daza en representación de Hugo Lozano Simón contra Fernando Aranibar Rico y Orlando Ríos Luna, Vocales de la Sala Social y Administrativa del mismo Distrito Judicial; alegando la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción, previsto en el art. 7 inc. g) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I. 3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
- en sentido de que el arraigo para exigir el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil ha quedado sin efecto
- la misma sólo puede ser aplicada por la jurisdicción penal
- III.2.
- pese a que dicha medida restrictiva del derecho a la libertad, no corresponde ser aplicada e efectos de lograr el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil