Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0891/2006-R
Fecha: 11-Sep-2006
improcedente
Mediante Resolución Sentencia 09/06, de 20 de julio de 2006, cursante de fs. 106 y vta., la Sala Civil Segunda, declaró improcedente el recurso, sin imponer sanción alguna; argumentando que por el informe de las autoridades recurridas se establece que el proceso coactivo ha sido sorteado el 19 de julio de 2006, y el pedido del recurrente, en cumplimiento de la Resolución 234/2006-SSA-II, de 6 de julio, tiene que ser resuelto cuando se esté conociendo el fondo de la apelación interpuesta; deduciendo en consecuencia que no se ha lesionado el derecho de locomoción ni se le ha negado el pedido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I. 3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es posible el uso de medidas restrictivas a la libertad personal
- en sentido de que el arraigo para exigir el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil ha quedado sin efecto
- la misma sólo puede ser aplicada por la jurisdicción penal
- III.2.
- pese a que dicha medida restrictiva del derecho a la libertad, no corresponde ser aplicada e efectos de lograr el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil