SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
procedente
La Resolución 322/2006, de 9 de agosto, cursante de fs. 351 a 354 vta., declaró procedente el recurso, disponiendo el saneamiento procesal y la nulidad de actuados procesales hasta tanto y mientras no se haya notificado a la parte recurrente y se le imponga la designación de defensor de oficio para que asuma defensa, a cuyo efecto se repuso actuaciones hasta fs. 84 del cuaderno del proceso, cuya determinación puede ser comunicada al Tribunal de alzada, sin costas ni multa al devenir de la recargada actividad procesal del Tribunal Quinto de Sentencia. Asimismo, ordenó a los recurridos dispongan la libertad del recurrente bajo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, que no sean onerosas o que imposibiliten la libertad del recurrente. Resolución pronunciada bajo los siguientes fundamentos: 1) los datos de identificación de la parte imputada pueden ser corregidos inclusive aún de oficio o a petición de parte hasta ejecución de sentencia para ello sólo basta saber que el recurrente sea la persona quien ha sido demandada en la acción penal; 2) de acuerdo con las actuaciones procesales se observa que la Resolución que declaró rebelde al recurrente incumplió lo previsto en los arts. 89 y 90 del CPP, de designación del defensor de oficio, para que pueda asumir defensa y cumpla con la representación legal, lo que da lugar a la protección por el hábeas corpus al haberse desconocido los derechos a la información y defensa que tenía el recurrente; 3) si bien es cierto que el art. 250 del CPP establece que puede pedirse en cualquier momento la cesación de la detención preventiva, para ello no se hace necesario que el expediente original se encuentre radicado en el juzgado de origen y que se hubiese remitido a la Corte Superior con el recurso de apelación del incidente; sin embargo la falta de consideración de la cesación de detención preventiva también violenta el debido proceso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Sobre el ámbito de protección del habeas corpus
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.2.
- Fragmento 15
- III.2.1. Sobre la competencia del Juez o Tribunal de Sentencia para resolver solicitudes de medidas cautelares
- III.2.2.
- que la procedencia de este recurso es sólo respecto a la falta de consideración de la solicitud de cesación de la detención preventiva presentada por el recurrente;
- 1º REVOCAR en parte